Factura Electrónica e-CF en República Dominicana

Pequeños, micro y no clasificados: el plazo de la DGII vence el 15 de noviembre de 2026. Emite tus e-CF desde GOMserver, sin costo por documento.

DEMOSTRACIÓN

¿Facturas en República Dominicana? Te mostramos GOMserver con e-CF

Agenda una demostración y te enseñamos a emitir tus comprobantes fiscales electrónicos desde un solo sistema, antes de que venza tu plazo.

  • e-CF sin límite
  • Contabilidad integrada
  • Inventario y cuentas por cobrar
  • Soporte en Santo Domingo

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LEY 32-23 DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

El e-CF ya es obligatorio para todos

La Ley 32-23 obliga a toda persona o empresa que vende bienes o presta servicios en República Dominicana a facturar con comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).

Un e-CF es un documento firmado digitalmente que la DGII valida en línea antes de que tenga validez fiscal. Reemplaza a los comprobantes de la serie B: su número, el e-NCF, empieza por E y tiene 13 caracteres, por ejemplo E310000000001.

Con GOMserver los e-CF salen directamente de tu ERP: al facturar, el sistema genera el comprobante en el formato de la DGII y lo registra en tu inventario, tus cuentas por cobrar y tu contabilidad. Sin cobro por documento y sin límite de comprobantes.

  • Facturas de crédito fiscal y de consumo electrónicas
  • Notas de crédito y débito electrónicas para corregir o anular
  • Sin límite de comprobantes al mes
  • Equipo de soporte en Santo Domingo
AutoridadDGII
Comprobantee-CF · serie E
Plazo pequeños y micro15 de noviembre de 2026
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Comprobante fiscal electrónico e-CF emitido desde GOMserver
CALENDARIO DE LA DGII

Plazos del e-CF por tipo de contribuyente

La fecha depende de la categoría que tenía cada contribuyente al entrar en vigor la ley. Puedes consultar la tuya con tu RNC en el listado de la DGII.

Grandes contribuyentes nacionales

Su plazo venció el 15 de mayo de 2024 y su serie B ya no tiene validez.

Grandes locales y medianos

Desde el 1 de noviembre de 2026 solo pueden emitir e-CF: la serie B vale hasta el 31 de octubre de 2026, salvo en contingencia declarada.

Pequeños, micro y no clasificados

Tienen hasta el 15 de noviembre de 2026, tras la prórroga de seis meses del Aviso 06-26. Es automática: no hace falta solicitarla.

Quien no cumple se expone a multas de 5 a 30 salarios mínimos, a sanciones como la suspensión de actividades o la clausura, y a que su secuencia de la serie B se considere vencida (Ley 32-23 y Decreto 587-24).

CÓMO EMPEZAR

Tu facturación electrónica con GOMserver en tres pasos

1

Solicita ser emisor electrónico

En la Oficina Virtual de la DGII presentas la solicitud, con tu RNC al día y el certificado digital del representante, emitido por una entidad autorizada por INDOTEL.

2

Supera la certificación

La DGII te certifica con el sistema con el que vas a facturar: completas su set de pruebas desde GOMserver y firmas la declaración jurada.

3

Factura en serie E

Con la autorización pides tus e-NCF en la Oficina Virtual y emites tus e-CF desde GOMserver, sin límite y sin costo por comprobante.

COMPROBANTES FISCALES ELECTRÓNICOS

Los 10 tipos de e-CF

La normativa define diez tipos de comprobante fiscal electrónico. Su código es el que encabeza cada e-NCF:

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes sobre el e-CF

¿Quién está obligado a emitir e-CF?
Toda persona física o jurídica que venda bienes o preste servicios en República Dominicana (Ley 32-23). Solo quedan fuera quienes tienen registradas únicamente actividades que no requieren comprobantes fiscales.
¿Cuál es mi fecha límite para el e-CF?
Depende de tu categoría: los grandes contribuyentes nacionales debían emitir e-CF desde mayo de 2024; los grandes locales y medianos emiten solo e-CF desde el 1 de noviembre de 2026; y los pequeños, micro y no clasificados tienen hasta el 15 de noviembre de 2026. Puedes consultar tu categoría con tu RNC en la DGII.
¿Tengo que solicitar la prórroga al 15 de noviembre?
No. La prórroga del Aviso 06-26 de la DGII es automática para los pequeños, micro y no clasificados, y no requiere ninguna solicitud.
¿Qué pasa si no implemento el e-CF a tiempo?
La ley prevé multas de 5 a 30 salarios mínimos y sanciones como la suspensión de actividades o la clausura. Además, la DGII considera vencida tu secuencia de comprobantes de la serie B.
¿Qué diferencia hay entre el NCF y el e-NCF?
El NCF de la serie B tiene 11 caracteres, por ejemplo B0100000522. El e-NCF tiene 13, empieza por E y lo valida la DGII en línea: E310000000001 es una factura de crédito fiscal electrónica.
¿Me sirve el Facturador Gratuito de la DGII?
Es una opción para negocios pequeños: permite hasta 150 facturas al mes y 100 líneas por factura, y no está disponible para los grandes contribuyentes nacionales. Si necesitas más volumen o quieres que cada factura actualice tu inventario y tu contabilidad, te conviene un sistema como GOMserver.
¿Qué pasa si se cae internet al facturar?
Puedes emitir fuera de línea y enviar los e-CF a la DGII en un máximo de 72 horas. Si no puedes emitir e-CF, la norma permite usar la serie B hasta 15 días y reemplazarla por e-CF dentro de los 30 días siguientes.
¿Cómo se anula un e-CF?
Un e-CF no se modifica después de enviado: se corrige o se anula con una nota de crédito electrónica (E34) o, si corresponde, con una nota de débito electrónica (E33).

¿Facturas también en otro país? Guatemala El Salvador

Llega al 15 de noviembre facturando en e-CF

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